El voto femenino en Colombia, 60 años después

Por Sonia Vásquez Mejía*

Fue un largo y difícil proceso el que llevó al reconocimiento jurídico de las mujeres colombianas como sufragantes y ciudadanas elegibles.
De acuerdo con la historiadora Magdala Velásquez, citada por María del Rosario Romero (1) la primera etapa de los esfuerzos sufragistas en Colombia puede encontrarse en la aprobación del “voto sin distinción de sexo”, proclamada por los constituyentes de la Provincia de Vélez, Santander, en 1853. Dio el derecho al sufragio femenino, pero esta Constitución fue reformada dos años más tarde (1855) sin que se pudiese hacer uso de tal derecho.
Bajo la influencia de las corrientes sufragistas del siglo XIX en Europa, mujeres como Ofelia Uribe de Acosta, de San Gil, Santander y de Susana Olozaga, Maria Rojas Tejada y María Estman, de Antioquia, manifestaban sus voces para la consecución del voto. (2)
La lucha de las mujeres por ganarse una igualdad jurídica y política frente a los hombres empezó a tener éxito cuando en el año de 1932, por medio de la Ley 28, se les reconoció la igualdad en el campo de los derechos civiles. (3)
En 1936 durante el gobierno de López Pumarejo se les autorizó a las mujeres ocupar cargos públicos que llevaran jurisdicción y mando. (4)

Derechos sin voto

En el año de 1945 la situación comenzaba a cambiar. El Congreso de la República asumió el papel de Constituyente para reformar la Carta Fundamental. En las reformas, la mujer logró un triunfo al reconocérsele los derechos de ciudadano, poniéndose de esta manera al mismo nivel de los hombres mayores de 21 años. (5)
A pesar de conceder el estatus de ciudadanía a las mujeres, la reforma no autorizó el sufragio para las mismas, lo que creó un gran ambiente de rechazo entre las damas de la sociedad colombiana. (6) Uno de los argumentos para dilatar la aprobación era el hecho de que la educación debía ser prerrequisito para el derecho al voto femenino.
Ya desde 1946, la ONU (Organización de Naciones Unidas) había llamado la atención a todos los países de América, en cuyas Constituciones no estaba todavía establecido el derecho al voto femenino, exigiéndoles que actuaran de una forma razonable y acorde con los tiempos, pues este organismo consideraba que negar a la mujer el derecho al voto era perpetuar un estado de desigualdad social entre hombres y mujeres. (7)
Magdala Velásquez Toro en su texto Derechos de las mujeres: Voto femenino y reivindicaciones políticas, cuenta cómo “las mujeres, en un movimiento pluriclasista, desarrollaron su creatividad: para hacerse sentir; apelaron a estrategias que iban desde conversaciones y acuerdos privados con candidatos, cartas, manifiestos, tomas de las barras del Congreso e intervenciones, hasta crear periódicos y programas de radio para difundir sus puntos de vista y polemizar como columnistas en diarios que les abrían sus puertas”. (8)

En la dictadura

“El reconocimiento al voto de la mujer se logró por fin y, paradójicamente, bajo la dictadura de Gustavo Rojas Pinilla, en 1954, a través del acto legislativo N° 3 de la Asamblea Nacional Constituyente, lo que fue recibido como un gran triunfo, a pesar de que durante esa época no se dieron elecciones. Sin embargo, mujeres como Josefina Valencia, Esmeralda Arboleda y María Eugenia Rojas, ocuparon cargos oficiales”. (9)
Cuenta la historiadora María del Rosario Romero que “con la presión de muchas mujeres, entre las que se encontraban organizaciones de trabajadoras y maestras de Antioquia, en el marco de la dictadura de Gustavo Rojas Pinilla (1953-1957), se inició un período de participación de las mujeres en el poder, al nombrar a Josefina Valencia y a Esmeralda Arboleda como constituyentes, y posteriormente como gobernadora del Cauca y ministra de Educación, respectivamente. Ellas despliegan una incasable labor por todo el país, recogiendo unas tres mil firmas que respaldan un Memorial en el cual exigen a la Comisión de Estudios Constitucionales -CEC- que sus propuestas sobre el voto pasen a la Asamblea Constitucional.
Después de muchos debates, el 11 de marzo del 54 esta Comisión aprueba que el Proyecto pase a la Asamblea Nacional Constituyente, ANAC, de 1954. Con no menos debates, se logra la aprobación del Acto Legislativo N° 3 que logra la mayor reforma política del siglo XX en Colombia, pues se borran de la Constitución de 1886 las frases que concedían el voto sólo a los varones. A partir de este momento pasan tres años y cuatro meses sin que las mujeres ni hombres tengan oportunidad de ejercer su derecho al sufragio. La represión se endurece y la oligarquía, al comienzo favorable a Rojas, ya no lo respalda”. (10)
En 1954, después de múltiples y encarnizadas polémicas en las que participaron las mujeres, se aprobó el derecho a elegir y ser elegidas.

60 años del primer voto femenino

Durante los siguientes años, la lucha de las mujeres por lograr el derecho al voto y el acceso a los cargos públicos no tuvo mucho éxito pues, aunque los derechos civiles se mantenían, los intentos por lograr estos derechos no se concretaban. (11)
El régimen de Rojas cae el 10 de mayo de 1957, siendo reemplazado por una Junta provisional de cinco militares. Los partidos políticos, Liberal y Conservador, pactaron el llamado Frente Nacional, que permitía la alternación de ellos en el poder presidencial y el reparto paritario de los cargos públicos. Esa decisión política debía refrendarse mediante una reforma constitucional y para entonces se acordó el llamado “plebiscito” que legitimó el acuerdo político. (12)
El derecho al voto se estrenó en este plebiscito convocado para el 1° de diciembre de 1957 y se constituyó en el primer acto político de la mujer en Colombia.
Pero, con la caída de General Rojas, todas las normas expedidas durante su administración quedaron derogadas en cuanto eran fruto de la dictadura.
“Nuevamente el voto de la mujer peligra y es en este momento cuando organizaciones de mujeres como la APFA (Asociación Profesional Femenina de Antioquia) cumple un papel de abogacía (lobby) para lograr comprometer a los líderes políticos impulsadores de la transición al pacto del Frente Nacional para que no echaran para atrás lo conseguido en el acto legislativo de la ANAC el 25 de agosto del 54 y para que asegurarán la ratificación de los derechos políticos plenos para la mujer en el Plebiscito que estaban convocado”(13)

Faltaban más derechos

Cuenta Rosita Turizo de Trujillo (5) que en esta Asociación, que estaba compuesta, entre otras, por Elena Ortiz de Arboleda, Bertha Zapata Casas, Amparo Múnera Osorio, Myriam Taborda y ella, que era la Presidenta de la Asociación, se reunían con frecuencia para examinar la situación del país y estaban preocupadas por saber que iba a pasar con los derechos políticos alcanzados entonces por las mujeres, para lo cual le pidieron audiencia a Alberto Lleras y a Guillermo León Valencia para que les respondieran sobre lo que sucedería de ahí en adelante con el voto femenino. Esa noche fue la primera vez- cuenta- que se refirieron a las mujeres como ciudadanas de Colombia. Se les manifestó que en la Reforma Constitucional que se hiciera en el Plebiscito, la ratificación de los derechos políticos para la mujer sería el primer punto. (14)
En el “plebiscito para una reforma constitucional”, convocado mediante el Decreto 0247 de 1957 para el primer domingo de diciembre, por la Junta Militar que reemplazó interinamente al depuesto dictador Gustavo Rojas Pinilla, pudieron votar, por primera vez “los varones y mujeres colombianos mayores de 21 años”, para aprobar una reforma constitucional de catorce artículos que, como otras, buscaba la paz de Colombia por la vía institucional. Se depositaron 4.397.090 votos, correspondientes a 1.835.255 mujeres y a 2.561.835 hombres”. (15)
Durante el Frente Nacional la participación de las mujeres en corporaciones de representación popular fue de 6.7 por cada 100 varones. (16) Pero hubo desilusión “por la escasa representación de ellas en las listas, el endurecimiento del régimen, la falta de reformas sociales; se expresó tanto en las cifras crecientes de abstención electoral femenina durante los 16 años del Frente Nacional, como en las denuncias hechas por las veteranas luchadoras Ofelia Uribe, Lucila Rubio y Anita de Karpf, que se quejaban de la falta de equidad en las listas de aspirantes de cada partido”. (17)
“La participación electoral femenina se reactivó en la elección de López Michelsen, en cuyo mandato se dictaron normas fundamentales de derechos de la mujer en la familia, eliminando la potestad marital y declarando la igualdad jurídica de los sexos. A partir de 1974, los distintos gobiernos empezaron a nombrar mujeres en altos cargos del poder ejecutivo, nacional y regional, primero como viceministras y luego en otros cargos de importancia como la Cancillería”. (18)

Aún, desigualdad

“Pero la correlación de fuerzas a favor de las mujeres en las listas electorales ha sido desfavorable en los últimos 25 años, a pesar de los profundos cambios en la cultura femenina, gestada a partir del incremento de su educación, el ingreso masivo a los puestos de trabajo remunerado, el control de la natalidad, la liberación sexual, la revolución feminista en el mundo contemporáneo y la conformación del movimiento social de mujeres”. (19)
“Al iniciarse la década del 90, el gobierno Gaviria instauró un proceso que ha contribuido a desarrollar políticas públicas para favorecer la transformación de la condición de las mujeres, para visibilizar la discriminación que sufren y para garantizar condiciones de progreso social para la población más pobre, conformada mayoritariamente por mujeres. En la administración Samper se avanzó con la creación de la Dirección de Equidad para la Mujer. La Constitución de 1991 consagró importantes normas a favor de los derechos de las mujeres, que contribuyen a eliminar distintas clases de discriminación que aún perviven en el país. Una de ellas es la que garantiza la «adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública», cuyo último desarrollo es la ley 158/98, conocida como Ley de Cuotas, que obligó a que los niveles de decisión de las tres ramas y órganos del poder público en todo el país tengan como mínimo un 30% de mujeres y a devengar igual salario por igual trabajo”. (20)

Transformación política

Es un hecho que la participación de las mujeres puede transformar el ámbito político de manera importante para la resolución de la problemática de desigualdad y discriminación que viven muchas personas. Cuando las mujeres actúan como sujetas políticas, impulsan propuestas que contribuyen al mejoramiento de la calidad de vida de la población en general y de las mujeres en particular; su participación ejerce una verdadera incidencia social y política en los procesos de desarrollo local, regional y nacional.
La participación política nos permite a hombres y mujeres incidir e influir en la toma de decisiones del gobierno o en otras instancias de poder; en la formulación e implementación de las políticas y programas públicos que afectan nuestra vida en comunidad y, además, nos brinda la posibilidad de elegir o ser elegidos para cargos públicos.
Las mujeres debemos perder el miedo a participar, actuar desde cada uno de sus espacios y a buscar estrategias y acciones que nos ayuden a estar informadas, a fortalecer nuestra capacidad de establecer alianzas, de incrementar nuestro pensamiento y quehacer estratégico para que estemos en condiciones de equidad para participar, que se implemente la ley de paridad y así podamos incidir y velar para que nuestras demandas y necesidades sean también incorporadas en todos los ámbitos, desde la propia familia, la comunidad, la organización, el partido político, los poderes regional, municipal y nacional.

Faltan más acciones

Es urgente promover las capacidades de las mujeres e incentivarlas para que se informen y conozcan, para que exijan ser tomadas en cuenta en las decisiones que como personas y como mujeres les atañen. Esto implica que se generen condiciones favorables como la asignación de recursos gubernamentales sensibles al género; la asistencia, asesoría técnica, así como la capacitación que se destina a las organizaciones y proyectos de mujeres; las políticas públicas que garanticen el ejercicio y respeto de los derechos humanos de las mujeres; asimismo, el asunto de que los hombres también asuman las tareas de orden doméstico, así como que se supere la concepción de que la política es sólo para los hombres. Es indispensable sensibilizar a los partidos políticos para que incentiven una real representación de las mujeres tanto en los puestos de elección popular, como en los cargos de función pública. Y que desde ya los partidos políticos empiecen a aplicar la Ley de Paridad, así aún no esté sancionada. Esperamos que sea muy pronto.

Bibliografía/Cibergrafía

(1) Romero, María del Rosario en las Memorias 50 años del Derecho al Voto Femenino(Publicado por Metro Mujer (Alcaldía de Medellín) y por la Secretaría de Equidad de Género para las Mujeres de la Gobernación de Antioquia el 25 de Agosto de 2004
(2) IBID
(3) Banco de la Republica. El voto femenino. www.banrepcultural.org
(4) Velásquez Toro, Magdala Derechos de las mujeres: Voto femenino y reivindicaciones políticas. Colección: Protagonistas, obras y sucesos del siglo XX; Credencial Historia
(5) Banco de la Republica. El voto femenino. www.banrepcultural.org
(6) IBID
(7) IBID
(8) Velásquez Toro, Magdala Derechos de las mujeres: Voto femenino y reivindicaciones políticas. Colección: Protagonistas, obras y sucesos del siglo XX; Credencial Historia
(9) Vallejo Franco, Beatriz Eugenia. “La Conquista del Voto Femenino”.. Revista Credencial. Colección Historia No 281. Biblioteca Virtual. Biblioteca Luis Angel Arango, Bogotá
(10) Romero, María del Rosario en las Memorias 50 años del Derecho al Voto Femenino(Publicado por Metro Mujer (Alcaldía de Medellín) y por la Secretaría de Equidad de Género para las Mujeres de la Gobernación de Antioquia el 25 de Agosto de 2004
(11) Banco de la Republica. El voto femenino. www.banrepcultural. Org
(12) Vallejo Franco, Beatriz Eugenia. “La Conquista del Voto Femenino”. Revista Credencial. Colección Historia No 281. Biblioteca Virtual. Biblioteca Luis Angel Arango, Bogotá
(13) Romero, María del Rosario en las Memorias 50 años del Derecho al Voto Femenino(Publicado por Metro Mujer (Alcaldía de Medellín) y por la Secretaría de Equidad de Género para las Mujeres de la Gobernación de Antioquia el 25 de Agosto de 2004
(14) Citada por Romero, María del Rosario en las Memorias 50 años del Derecho al Voto Femenino(Publicado por Metro Mujer (Alcaldía de Medellín) y por la Secretaría de Equidad de Género para las Mujeres de la Gobernación de Antioquia el 25 de Agosto de 2004
(15) Velásquez Betancur, Jorge Alberto “El voto femenino en Colombia”. Artículo publicado en el Periódico El Mundo 1 de Diciembre de 2007.
(16) Revista Credencial Historia Nº 68, agosto 1995,( pp. 10-15).
(17) IBID
(18) IBID
(19) IBID
(20) IBID

*Comunicadora Social-periodista, ha sido concejal de Medellín y secretaria de las Mujeres de la Alcaldía de Medellín.

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