Empezar diciembre con restricciones

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De nuevo el Gobierno Nacional reactivó algunas limitaciones y cerró fronteras a nivel nacional. El Decreto 1550 del 28 de noviembre del 2020 extendió la emergencia sanitaria hasta las 00:00 horas del 16 de enero de 2021 y además puso en vigencia, de nuevo, varias restricciones. Las más importantes, es que no permite en el territorio nacional las siguientes actividades:

  • Eventos públicos o privados con aglomeración de personas. O sea, chao fiestas.
  • Prohíbe el consumo de licor en espacios públicos y establecimientos de comercio. Se puede comprar y vender, más no consumirlo en la calle o en sitios abiertos al público. Según el parágrafo, las Alcaldías pueden solicitar al Ministerio del Interior la autorización para planes piloto en locales con servicios de restaurante o bares, para autorizar el consumo de bebidas al interior de estos sitios; para la realización de ferias empresariales, ganaderas y eventos, “siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de estas actividades. La autorización que imparta el Ministerio del Interior requerirá del previo concepto favorable del Ministerio de Salud y Protección Social”, dice el decreto.
  • De igual manera, la norma cierra las fronteras nacionales: cierra los pasos, terrestres y fluviales de frontera con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de enero de 2021. Hay excepciones en casos de: Emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía y caso fortuito o fuerza mayor.
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DECRETO-1550-Nov-28-2020-PRORROGA-Emergencia-Sanitaria

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