Serie de Pedagogía Electoral (Entrega 10): Cárcel para los corruptos

Colombia es uno de los países que tiene alto grado de corrupción. Según el periódico El Espectador en el artículo “Colombia no mejoró y cayó seis puestos en Índice de Percepción de Corrupción a nivel mundial”, publicado el 21 de febrero de 2018, el Estado colombiano obtuvo una calificación de 37 puntos sobre 100, situación que lo ubica en el puesto 96 entre 180 países.

La pregunta número dos de la consulta, cuyo título es Cárcel a corruptos y prohibirles volver a contratar con el Estado dice:

“¿Aprueba usted que las personas condenadas por corrupción y delitos contra la administración publica deban cumplir la totalidad de las penas en la cárcel, sin posibilidades de reclusión especial, y que el Estado unilateralmente pueda dar por terminados los contratos con ellas y con las personas jurídicas de las que hagan parte, sin que haya lugar a indemnización alguna para el contratista ni posibilidad de volver a contratar con el Estado?

Si bien la pregunta es muy larga, la esencia es que los corruptos cumplan sus penas en los establecimientos carcelarios del país y no en sus casas. Así mismo, que el gobierno nacional, regional o local, tenga la autoridad de dar por terminado el contrato con la entidad o los representantes legales de las mismas y por supuesto, sin la exigencia de pagos por indemnización.
Durante los últimos años en Colombia muchas multinacionales contrataron con el Estado, pagando dineros para obtener la adjudicación de las licitaciones y cuando se evidenciaron estas situaciones, iniciaron demandas judiciales. Pero no solo las empresas extranjeras buscan su beneficio propio. Entidades y consorcios nacionales también defraudaron la nación, recordemos el famoso “Carrusel de la contratación” que se dio en Bogotá.

La legislación existente

Es de anotar que, en Colombia, existen leyes para evitar estas situaciones. Está el Estatuto Anticorrupción, Ley 1474 de 2011, con cerca de 150 artículos con los cuales se busca: enfrentar la corrupción en lo que respecta a la contratación pública, obtener garantías de contratación con el Estado por la financiación de campañas políticas, ampliación de plazos para las investigaciones, aumento de la prescripción de las mismas, inclusión de los procesos verbales fortaleciendo la transparencia y el control interno, eliminación de la casa por cárcel e inhabilidad para funcionarios públicos a quienes se les compruebe este tipo de acciones. Igualmente, está la Ley 1778 de 2016 conocida como la ley anti sobornos, ambas enfocadas a preservar los recursos nacionales.

La decisión final

Por los amplios y constantes episodios de corrupción que se conocen en el país y porque es justamente ese tema el que le da origen y sentido a esta consulta, se convoca al pueblo colombiano para que, tome la decisión acerca de siete puntos. Es en este sentido, que cada ciudadano debe tomar conciencia sobre la situación del país, de manera personal y voluntaria. La consulta, como se sabe, está programada para el 26 de agosto de 2018. El puesto de votación es el mismo de las pasadas elecciones. Analice cada pregunta y marque el tarjetón de acuerdo con lo que le dicte su conciencia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Ir al contenido