¿Otredad? ¿Eso qué viene siendo?

Por Olga Cecilia Trejos Buriticá*

Entre los muchos conceptos que encuentro en mis lecturas y en las conversaciones con personas que van un paso mío, aprendí una palabra muy linda que define la individualidad y el respeto. Se trata de Otredad, la cual se define como “el reconocimiento del Otro como un individuo diferente que no forma parte de la comunidad propia al reconocer la existencia de otro, la propia persona asume su identidad.”
Esta palabra se asocia, a veces con aspectos como la xenofobia (rechazo a los extranjeros), el racismo (ideología que defiende la superioridad de una raza frente a las demás y la necesidad de mantenerla aislada o separada del resto dentro de una comunidad o un país), la homofobia (antipatía u odio hacia los homosexuales) o incluso la misoginia (aversión a las mujeres o falta de confianza en ellas), pero a nivel social, lo normal es que la otredad se construya a partir de la alteridad y la oposición: el otro es aquello que nunca fuimos, no somos y no seremos. Incluso podría decirse que el otro es lo que no queremos ser, esa persona diferente, con la que tal vez no nos identificamos y cuya imagen jamás quisiéramos ser nosotros mismos.
Por supuesto, quién es el otro varía según la perspectiva de cada individuo. Para los occidentales, el otro son los orientales mientras que, para éstos, la otredad estará dada por la existencia de occidentales.

De vieja data

Lo cierto es que no es un término de moda, viene desde mucho tiempo atrás, filósofos y sociólogos han analizado el tema con profundidad a lo largo de la historia.
Jean Paul Sartre (1905 – 1980), filósofo francés, utilizó ese término para estudiar a fondo la existencia de uno mismo a través de lo que sería la mirada del otro. Fue así como encontró que estaba presente en el día a día de cualquier persona, a través de elementos como la empatía o el rechazo, la simpatía o la tolerancia. En concreto, determinó que se mostraba de manera contundente al hacer uso de términos tales como “vergüenza ajena”, por ejemplo.
Octavio Paz, poeta mexicano, fallecido recientemente, conocido como “el poeta de la otredad”, llegó a expresar que esa necesidad de encontrar lo perdido y de buscar un complemento del que se fue separado lleva muchas veces a la otredad. Desencadena en la marcha al pasado y otras personas para cubrir carencias de diversas tipologías.

Diferentes

Pero no se necesita conocer estos conceptos para saber que, al otro, independiente de quien sea, se le deben respetar su integridad, en su individualidad y en su ser como alguien diferente a cada uno de nosotros, pero no por eso carente de los mismos derechos.
No siempre, casi nunca, la convivencia se da a partir de similares. Todo el tiempo, y cada vez más, estamos en contacto con gente tan distinta, asunto que no facilita la convivencia.
Y esto también aplica para el amor. El amor es libertad, es dejar ser, es dejarse amar como el otro sabe, no como yo quiero ser amada/o —eso sí es egoísmo—.
La Constitución Política de Colombia, artículo 13 estableció la igualdad, “todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión”. Y son términos que nos llevan a respetar a los demás, a pedir que nos respeten en nuestras decisiones, credo, política, aspectos culturales, raza y derecho de asociación.

Hombres y mujeres

Por otro lado, el artículo 4 de la CN manifiesta que “el varón y la mujer son iguales ante la ley, ésta deberá establecer mecanismos e instituciones suficientes para garantizar la igualdad y promover la equidad de género especialmente en el caso de mujeres trabajadoras y jefas de familia, además de proteger la organización y el desarrollo de la familia”.
Si desde pequeños les enseñamos a los niños que el mundo está compuesto por la diversidad, que son muchos los seres humanos y que ellos deben ser respetados como queremos que nos respeten, no se necesitarán preceptos legales, jurídicos, constitucionales ni penales que hagan cumplir estas normas mínimas de respeto por el otro, de reconocimiento del otro, sea que esté cerca, tenga relación o no con él o haya tomado sus propias decisiones personales. Eso mejoraría mucho las relaciones de pareja, de padres con hijos, de compañeros de trabajo, de grupos y organizaciones en la vida cotidiana y, en general, de todos los miembros de una sociedad. Las leyes sobre violencia familiar como la 1257 del 4 de diciembre de 2008, no tendrían tanta aplicabilidad como ocurre hoy en día.
Cuando reconozco que mis derechos llegan hasta donde comienzan los del otro, estoy aplicando con responsabilidad el término otredad porque estoy reconociendo que no soy único en el mundo.
Constitución Política de Colombia, artículo 16, “Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico”.

*Abogada conciliadora y especialista en Derecho Procesal y Pruebas. Con amplia experiencia en trabajo con parejas para restablecer la relación. Investigadora sobre violencia intrafamiliar, contra las mujeres y de género. Conferencista en asuntos de violencia intrafamiliar y comunicación asertiva en el hogar.

olgaceciliatrejos@gmail.com

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