Cornare reconoció anomalías en El Establo, Guarne debe revocar licencia

La Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare, Cornare, reconoció en un reciente informe técnico fechado el 8 de marzo del presente año, las contravenciones a la normatividad ambiental vigente generadas por el Municipio de Guarne, con el licenciamiento urbanístico del proyecto Cerros de Vasconia (hoy San Francisco Parcelación). Dicho proyecto se encuentra en el lote que la comunidad de Santa Elena conoce como El Establo y cuya denuncia publicamos en esta nota el pasado 16 de febrero.
Según el informe de Cornare, “se evidencia que los actuales desarrollos y los lotes licenciados contravienen las disposiciones de la Reserva Forestal Protectora Nacional, generando incumplimientos a la normativa ya referenciada y a la determinante ambiental en general, tanto por parte de los responsables del proyecto, como del municipio de Guarne en el otorgamiento de la licencia, quienes no consideraron las reglamentaciones de la reserva para aprobar los diseños del proyecto”. Afirma la entidad que, “Lo anterior queda tácitamente evidenciado a través de la autorización de lotes con extensiones entre 1.536,01 m2 y 2.774,85 m2, siendo la Unidad Mínima de Subdivisión predial al interior de la zona de uso sostenible de la RFPN del Río Nare de 10.000 m2, y a través de la concentración de los lotes en el costado noroccidental del predio, considerando que la densidad de vivienda al interior de la zona de Uso Sostenible de la RFPN del Río Nare corresponde a 1 vivienda por hectárea”.

Guarne dice que fue asunto de interpretación
El informe técnico es producto de una reunión entre Cornare y las autoridades de Guarne, el pasado 22 de febrero, en la que se expusieron todos los antecedentes del proceso. Cornare citó al Municipio de Guarne para “que sustentara las fundamentaciones jurídicas con las cuales se otorgó la licencia de urbanismo, bajo condiciones de incumplimiento de las reglamentaciones surtidas sobre la Reserva Forestal Protectora Nacional del Río Nare”.
Durante el encuentro, los funcionarios de la Alcaldía de Guarne, indicaron que “la licencia urbanística de parcelación, subdivisión, aprobación de planos para propiedad horizontal y permiso de enajenación, otorgada a través de la Resolución 170 del 08 de julio de 2021, se concedió a través de la interpretación de la norma urbanística realizada por el Secretario de Planeación anterior y que siendo conscientes de las irregularidades que se pueden presentar con la ejecución de la misma, han revisado la posibilidad de realizar revocatoria sobre la misma, concluyendo que los tiempos para ello ya fueron agotados”. Es importante recordar que el funcionario al que se refieren es el arquitecto Camilo Alfonso Vergara González, quien ejerció como secretario de Planeación hasta julio de 2021, justo después de autorizar esta licencia.

Conversar para modificar la licencia
Con este panorama, Cornare le propuso al municipio agotar una instancia de conversación con los propietarios del predio para la modificación de la licencia urbanística. La idea de esa reunión entre Guarne y los dueños del proyecto, tendría el objetivo de informar los incumplimientos que actualmente supone la ejecución del proyecto y plantear la posibilidad de modificar la licencia urbanística otorgada.
El asunto grave que se menciona en el informe es que, la Alcaldía de Guarne aduce que ya se agotaron los tiempos para revocar la licencia urbanística otorgada por el mismo municipio, a través del anterior secretario de Planeación. Y además expresa, como excusa, que la licencia es el resultado de la “interpretación de la norma urbanística realizada por el Secretario de Planeación anterior”.
Hay que recordar que los municipios son unidades territoriales regidas por normas jurídicas, que responden ante la ley y los entes de control por todos y cada uno de sus actos, sean realizados por el alcalde o por cualquiera de sus secretarios de despacho o funcionarios subordinados. La representación legal del Municipio está en manos del alcalde y es quien realmente responde fiscal, penal o disciplinariamente por las inadecuadas interpretaciones de la norma que vayan en contravía de la ley, que con conocimiento o no, desarrollen sus subalternos, especialmente los ordenadores del gasto (o sea los secretarios de despacho).
Sin embargo, hay más. Según el informe técnico de Cornare, “el Plan de Acción Ambiental aprobado por la Secretaría de Desarrollo Económico y Medio Ambiente no evaluó las restricciones ambientales que sobre el predio se generaban, no pronunciándose frente al desarrollo de 80 lotes (desarrollo no compatible con las restricciones ambientales del predio) y desconociendo las condiciones específicas que impone la existencia de la Reserva Forestal Protectora Nacional del río Nare”.

Esto era el lote, antes de la intervención para parcelación. Foto Cortesía.

Ajustes a la licencia
Las modificaciones que deben realizarse a la licencia urbanística del proyecto, deben considerar lo siguiente:

  • Dar cumplimiento a la Unidad Mínima de Subdivisión predial de 10.000 m2, según lo establecido en el Acuerdo 243 de 2010.
  • Dar cumplimiento a la densidad de vivienda en zona de Uso Sostenible en la Reserva Forestal Protectora Nacional del Río Nare de 1 vivienda por hectárea, establecida en el Acuerdo 250 de 2011.
  • Establecimiento de usos únicamente residenciales (vivienda).
  • Dar cumplimiento a las condiciones bajo las cuales se otorgó el permiso de concesión de aguas superficiales al señor Jorge Armando Moreno Chávez, para uso doméstico en beneficio del proyecto “Cerros de Vasconia”, pudiendo desarrollar un total de 10 viviendas campestres en el polígono de vivienda campestre y 17 viviendas rurales en la porción del predio dentro del Corredor Suburbano de comercio y servicios.

Cornare había indicado en el informe anterior que, si el Municipio de Guarne no revoca la licencia expedida al proyecto, Cornare debe demandar el acto administrativo. Toca esperar los resultados de la conversación de Guarne con el propietario del lote y la modificación o revocatoria de la licencia del proyecto por parte del Municipio.

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